PREÁMBULO A LA REFORMA DEL REGLAMENTO DE LOS GRUPOS DE TRABAJO Y ESTUDIO DE ADELUR DEL MES DE FEBRERO DE 2.000
Cuando se
formaron los grupos en el otoño de 1997, estos empezaron a funcionar de forma
anárquica y desorganizada aunque entusiasta. La ingenuidad de los comienzos,
permitió que convivieran en el grupo, estudiantes que se ponían de acuerdo
para realizar apuntes, con otros que no realizaban estas tareas, aunque al final
todos fueran beneficiarios de las mismas.
Evidentemente
las situaciones conflictivas, se multiplicaron, lo que llevó a que se
produjeran los primeros debates y se articularan las primeras correcciones al
sistema ya en el primer año de funcionamiento.
Los hasta
entonces llamados grupos de estudio, se dividieron en dos, creando los grupos de
trabajo para la elaboración de apuntes por un lado y por otro, los grupos de
estudio. Para pertenecer a los primeros, era necesario comprometerse a realizar
apuntes, para participar en los segundos sin embargo no hacía falta este
requisito. Se pretendía de esta forma dar cabida a las dos concepciones
existentes en aquellos momentos entre los estudiantes que participaban en los
grupos: los que estudiaban por apuntes y aquellos otros partidarios de otra
forma de estudio, relacionada con las tertulias y el intercambio de opiniones y
comentarios sobre las asignaturas sin confeccionar resúmenes de las mismas.
Esta forma de
organizarse evitó toda la conflictividad respecto a quien tenía derecho y
quien no a ser destinatario del trabajo realizado por los compañeros del grupo
de trabajo para la elaboración de apuntes.
Posteriormente en el segundo cuatrimestre de ese curso, se elaboró el primer borrador de Reglamento de los grupos, en el que se sentaron los principios generales de funcionamiento de los mismos, vigentes prácticamente todos ellos en la actual redacción.
Una Comisión
de redacción formada por Mariano Melendo, Joaquín Viña, Rosa Fernández e
Isidro López, se encargó de revisar este primer borrador, presentándolo a la
asamblea de los grupos el 10 de octubre de 1998. Tras una discusión en la que
se fue debatiendo y votando por bloques el texto, quedó definitivamente
aprobado el Reglamento el 20 de diciembre de 1998, con una enmienda de Manuel
Saavedra.
Durante este
tiempo, los Grupos de Estudio, a pesar del impulso que han tratado de darle los
sucesivos coordinadores generales de los mismos, no han desarrollado una
actividad digna de mención, ni han elaborado por tanto una normativa propia,
por otro lado inútil ya que no se pueden regular relaciones entre personas
cuando estas no existen porque no participan.
Por otra parte
el trabajo de los grupos, ha cambiado sustancialmente ya que al aumentar la
participación en los mismos, y contar con una base de apuntes muy elaborada, de
todas las asignaturas de la carrera, la tareas se han simplificado, reduciéndose
a la revisión de los resúmenes ya confeccionados, el único camino para
avanzar es el perfeccionamiento de lo que ya hay, el “afinamiento” del
material ya muy extenso, con que se cuenta en los grupos de trabajo. Además
habría que buscar mecanismos para evitar situaciones que favorecen el
individualismo interesado, en las que los estudiantes “desaparecen” cuando
obtienen los apuntes de la asignatura.
Con esta
Reforma del Reglamento, se pretende dar solución a los dos temas planteados en
los epígrafes anteriores. Se unifican los Grupos de Estudio y Trabajo en una
sola organización y un mismo Reglamento, facilitando la participación en los
primeros, dotándolos de contenido al asignarle una tarea necesaria en los
Grupos de Trabajo, que es la revisión y mejora en conjunto de los trabajos
individuales aportados por los estudiantes, y se facilita la continuidad
de la actividad en equipo, durante todo el curso académico.
Se han introducido en esta Reforma del Reglamento igualmente, otros aspectos de mejora desde la perspectiva formal de su redacción que inducían a error, también se han contemplado situaciones no previstas en el redactado anterior relativas a la sustitución de los Coordinadores que no cumplan con su función y también se ha variado el Régimen Electoral, así como las normas de funcionamiento adaptándolas a la experiencia acumulada durante los tres últimos años.
Espacio Virtual 29 de febrero de 2000
Isidro López Neira
ÓRGANOS DE GOBIERNO, FUNCIONES Y COMPETENCIAS
ARTICULO 1.
La Asamblea General de Estudiantes de los Grupos de Trabajo y Estudio de Adelur, constituida en el espacio virtual, a través de la asamblea de Adelur, es el Órgano Supremo de Gobierno de los Grupos de Trabajo y estudio.
Para poder pertenecer a los Grupos de Trabajo y Estudio, será obligatoria el alta previa en la lista de distribución de correo de Adelur, impidiendo el incumplimiento de este requisito, el ingreso en los Grupos.
Será de su
competencia exclusiva, la aprobación de este Reglamento, su modificación o
extinción.
Igualmente
será necesaria su aprobación por mayoría absoluta, para la disolución de los
grupos, fuera de las fechas habituales, establecidas en este Reglamento.
Independientemente
de los asuntos regulados en este Reglamento, podrá tratar cuantos temas se
consideren necesarios y oportunos para el buen funcionamiento de los grupos,
siempre que sea convocada a tal efecto por el Coordinador General, la cuarta
parte de los miembros que componen el Comité de Coordinadores de Asignaturas, o
el 15 por ciento de los estudiantes de la Asamblea.
ARTICULO 2.
El comité
de coordinación, está formado por todos los coordinadores de las asignaturas,
más los coordinadores de curso, presidido por el Coordinador General
1. Sus
funciones serán la coordinación de los grupos, intercambiando información
sobre la marcha de los mismos, configurándose como un órgano de consulta
permanente para sus miembros, no hará falta ningún requisito para su
convocatoria por parte de sus componentes.
2. Además de las funciones previstas en el párrafo anterior, asumirá las que crea convenientes para el buen funcionamiento de los grupos sin vulnerar el espíritu y la forma de las disposiciones contenidas en este Reglamento.
ARTICULO 2 BIS.
El Equipo de Coordinación es un Órgano Consultivo de los Grupos de Trabajo y Estudio de Adelur, a él pertenecerán los Coordinadores Generales de cursos anteriores, el Coordinador General electo de los grupos y los Coordinadores del Curso actual.
Su carácter será deliberante, permitiendo a los estudiantes con más antigüedad en los grupos, transmitir su experiencia a los nuevos Coordinadores electos si estos lo solicitaran; las consultas realizadas nunca serán vinculantes y en el caso de que los Coordinadores del curso actual decidieran someter algún tema a votación, los Coordinadores Generales de cursos anteriores, no tendrían derecho al voto.
Serán funciones del Coordinador General:
1. Elaboración del informe cuatrimestral sobre la actividad general de los grupos.
2. Coordinar el trabajo de las distintos cursos, impulsando su buen funcionamiento.
3. Convocar elecciones a coordinadores de curso.
4. Reiniciar la formación de los grupos de trabajo, después de cada prueba presencial.
5. Las tareas que le sean encomendadas por el comité de coordinación o la asamblea general.
6. Sustituir cuando fuera necesario al Coordinador de Curso
7. Establecer
las fechas de cierre de los Grupos para admitir las
altas y la fecha de disolución de los Grupos de Trabajo,
según lo establecido en el artículo 6 de este Reglamento.
8. Coordinar un Curso, preferiblemente el primero de carrera
9 Lo contenido en el apartado 2 del artículo 2
El Coordinador General deberá contar con un listado actualizado de los miembros de todos los Grupos de Trabajo enviado por cada Coordinador de Curso para estar informado del funcionamiento de los GT en todo momento y poder asumir la suplencia de la coordinación
El Coordinador de Curso cumple con las funciones de apoyo al Coordinador General, sirviendo de enlace entre los grupos de las distintas asignaturas del curso que coordine y éste último.
1. Recibirá las altas de las personas que quieran participar en las distintas asignaturas de cada curso
2. Comunicará a los diferentes coordinadores de asignaturas la lista de los miembros de cada grupo. --- Tramitará las bajas de las personas de sus diferentes grupos.
3.- Remitirá, periódicamente, los listados actualizados de los Grupos del Curso al Coordinador General.
4.- Recogerá el informe que realicen los coordinadores de Grupo y elaborará un único informe que remitirá al Coordinador General, junto con el temario revisado de cada Grupo, 15 días antes del comienzo de las pruebas presenciales
5.
Cuando las altas en un grupo, lleguen a una cantidad igual al número de temas de
la asignatura, o a 20 personas, y todavía no cuente con un coordinador, ya no
admitirá a más personas en ese grupo, incluyendo a las nuevas incorporaciones en
un grupo nuevo que empezará desde cero hasta que nuevamente se llegue a 20 o al
mismo número de temas que componen la asignatura, momento en el cual se repetirá
el proceso.
En el caso de que el grupo cuente con Coordinador, se aplicará el apartado
4
del Artículo 6 de este Reglamento.
6. El Coordinador de Curso, comunicará por propia iniciativa al Coordinador General, los asuntos que crea conveniente, para la buena marcha de los grupos, y también transmitirá las dudas o preguntas que realicen los miembros de los Grupos de Trabajo y Estudio al Coordinador General. La función del Coordinador de Curso no es decisoria, perteneciendo la resolución de los conflictos al Coordinador General de los Grupos de Trabajo y Estudio. Cuando un Coordinador de Curso conozca una situación conflictiva, deberá informar de ella al Coordinador General, sin entrar a discutir el fondo o la forma de la cuestión con los interesados.
7. El Coordinador de Curso velará por el cumplimiento del Reglamento en las asignaturas que participe.
Serán
funciones del coordinador de la asignatura:
1.- Recibir a
los nuevos miembros, presentados por el coordinador de curso, informándoles de
las tareas realizadas antes del momento de su inclusión y solucionar cuantas
dudas tenga el nuevo partícipe con el fin de facilitar su integración en el
grupo.
2.- Velar por
el buen funcionamiento del grupo y la consecución de los objetivos del mismo.
3.- Realizar
el reparto de tareas de acuerdo a lo establecido en este Reglamento.
4.- La elaboración de informes para el Coordinador General y de Curso
5.- Impulsar
el intercambio de ideas, puntos de vista, e hipótesis de trabajo dentro de un
espíritu de tolerancia y respeto entre los miembros del grupo.
6.- Las demás
tareas reguladas en este Reglamento.
ARTICULO 5.
Al iniciar
cada cuatrimestre se pueden dar tres situaciones:
a)
Que no se disponga de apuntes en el grupo.
b) Que el coordinador cuente con apuntes de cursos anteriores.
c) Que
los apuntes sean aportados al grupo por alguno de sus miembros o por persona
extraña a los mismos.
APARTADO
a) No se disponen de apuntes en el grupo.
1. - El
coordinador de la asignatura, una vez analizado el manual repartirá los temas
entre los componentes del grupo, atendiendo a criterios de equidad e igualdad,
fijando un primer plazo de entrega de este encargo.
2.1 - Llegado el plazo o antes si se hubieran terminado los resúmenes, cada miembro del grupo entregará la parte del temario que le haya correspondido al coordinador, mediante correo privado dirigido al mismo, en ningún caso se enviará el trabajo individual al grupo.
2.2 El estudiante que ha revisado o elaborado los resúmenes del tema, indicará con toda claridad las páginas del manual actualizado, que ha utilizado para confeccionar los apuntes. En caso de no cumplir con este requisito, el coordinador de Asignatura, devolverá el correo al remitente, considerando que no ha cumplido con su encargo, operando según lo establecido en estereglamento para los incumplidores.
2.3 Cada miembro del grupo, comprobará si algún epígrafe de sus temas de revisión, ha sido objeto de examen. En este caso, el estudiante que resume el tema, resaltará de forma ostensible los epígrafes sobre los que se haya preguntado con anterioridad, indicando el número de veces que ha aparecido la pregunta en exámenes anteriores. Esta tarea se realizará atendiendo al formato que en cada curso establezca el Coordinador General de los grupos de trabajo y estudio.
En caso de no cumplir con este requisito, el coordinador de Asignatura, devolverá el correo al remitente, considerando que no ha cumplido con su
encargo, operando según lo establecido en este reglamento para los incumplidores.
3.- Si todos
los temas estuvieran resumidos a la primera fecha de entrega fijada se procederá
de acuerdo al punto 11 de este artículo.
4. - En
el caso de que algún estudiante no hubiera enviado la parte que le correspondía,
terminado el plazo fijado para su entrega, se actuará del siguiente modo:
5.- El
coordinador de la asignatura, remitirá un mensaje a la persona incumplidora,
preguntándola sobre su voluntad de seguir trabajando en el grupo o cesar su
participación en el mismo:
6. - En caso
de respuesta negativa o evasiva, se le dará de baja en el grupo.
7.- En el
supuesto de que no hubiera contestación al requerimiento del coordinador se
procederá dé acuerdo con el artículo 8 de este Reglamento.
8.- En caso de
respuesta afirmativa expresando una conducta manifiesta de querer seguir
colaborando con el grupo, se actuará de esta forma:
9.- Se
le pedirá que establezca una segunda fecha, a la que quedará aplazada la
entrega del trabajo, dentro de un plazo razonable a juicio del Coordinador de la
Asignatura, consultando este aspecto si lo considera conveniente al resto del
grupo. La fecha de aplazamiento no superará en todo caso siete días a contar
desde la primera fecha de entrega, en el caso de que no fuera necesario hacer un
segundo reparto de trabajo, por faltar únicamente los temas de los
incumplidores.
10.- En el
caso de que fuere necesario, el Coordinador efectuará un segundo reparto de
tareas, entrando en esta nueva distribución el incumplidor como si hubiera
cumplido con la primera asignación. También entrarán en la asignación los
nuevos estudiantes que se hayan ido incorporando al grupo desde la primera
distribución de trabajos.
11.- Llegados
a la segunda fecha de recogida de apuntes, se procederá de la siguiente forma:
El coordinador
revisará los trabajos aportados agrupándolos por temas, comprimirá los
ficheros y luego los incluirá en una carpeta que remitirá en un correo
conjunto, a todos los miembros del grupo, que no estén auto excluidos del
reparto de apuntes, en el caso de que esté completada toda la tarea del
cuatrimestre.
12.- Si a esta
fecha hubiera uno o más componentes que no hubieran entregado su trabajo, se
les excluirá del reparto final de apuntes, y con el temario no entregado se
realizará un tercer reparto, entre los miembros que han cumplido su compromiso,
si a la siguiente fecha de entrega se diera la misma situación descrita en el
punto anterior se procederá de la misma forma y se hará una nueva distribución,
repitiendo el proceso cuantas veces fuere necesario hasta completar los apuntes
de la asignatura.
13.- A partir
del reparto definitivo de resúmenes, el primer grupo de trabajo terminará sus
tareas convirtiéndose automáticamente en grupo de estudio.
Los
estudiantes que hayan incumplido sus compromisos de entrega de trabajos,
quedarán excluidos de este grupo de estudio, así como de los siguientes grupos
de trabajo y estudio de la asignatura, que se formen en el cuatrimestre,
pudiendo participar en los que se realicen en el siguiente, o en otros grupos de
trabajo de distintas asignaturas, en los que hubiere cumplido con la
entrega de los temas asignados.
APARTADO b) El
coordinador cuenta con apuntes de años anteriores.
En este
caso el coordinador de la asignatura, procederá exactamente igual que en el
apartado a) repartiendo los temas ya resumidos para su revisión y actualización
con arreglo al último manual editado y recomendado en el programa de la
asignatura.
APARTADO c)
Los apuntes son aportados por algún miembro del grupo distinto al delegado o
por persona extraña al mismo.
En este
caso también se seguirá el mismo procedimiento que en el apartado a) evitando
siempre la entrega general al grupo de la totalidad de los apuntes, los cuales
serán remitidos al coordinador de la asignatura para que efectúe el
correspondiente reparto para proceder a su actualización.
Los miembros de
Adelur con derecho a presentarse a las pruebas extraordinarias de diciembre,
podrán obtener los apuntes del curso completo, de las asignaturas de las que se
examinen, del Coordinador General de los Grupos, siempre que cumplan con estos
tres requisitos:
1.- Haber
participado en los grupos de trabajo del curso anterior, y no haber sido dado de
baja de los mismos por incumplimiento de tareas o no haber respondido a los
mensajes del Coordinador de Asignatura o cualquier otro motivo contenido en este
Reglamento.
2.- Estar
incluido en los Grupos de Trabajo y Estudio, del primer parcial en las
asignaturas de las que se solicitan los apuntes.
3.- Comprometerse
formalmente a seguir participando en los grupos de trabajo que se esté dado de
alta, en lo que resta de curso, en caso de no superar las pruebas de diciembre.
Deberán enviar
un correo al Coordinador General de los Grupos de Trabajo y Estudio de Adelur,
indicando las asignaturas de las que se quieren obtener los apuntes, teniendo en
cuenta que estas no podrán en ningún caso superar en número el máximo
que establezca la Guía del Curso para este tipo de pruebas.
Igualmente el
solicitante especificará en su correo, en que asignaturas participó el curso
anterior, así como los correos electrónicos de los Coordinadores de las
Asignaturas en las que colaboró.
Necesariamente manifestará
su compromiso formal de seguir participando en los Grupos de Trabajo y Estudio,
de las asignaturas que no apruebe en diciembre, durante el resto del curso.
El Coordinador General, comprobará dentro de lo posible, que se cumplen los requisitos especificados y en el plazo máximo de diez días, dará una respuesta fundamentada positiva o negativa al solicitante.
ARTÍCULO 7
1.- Para
pertenecer a los grupos de estudio de ADELUR, es necesario que primero se haya
participado en los grupos de trabajo para la elaboración de apuntes,
previos a la formación de los mismos.
2.- La primera
tarea a realizar por estos grupos será la Revisión de los resúmenes
realizados en el grupo de trabajo.
3.- Para ello
el coordinador iniciará un intercambio de opiniones sobre los temas resumidos
pudiendo realizarlo de estas tres maneras:
a).- Iniciando
la revisión siguiendo el orden numérico de los mismos, empezando por el
primero y terminando por el último y participando todos los componentes del
grupo a la vez en el análisis del resumen efectuado.
4.- En todo
momento el análisis de los resúmenes se hará de forma respetuosa hacia quien
los elaboró, evitando las opiniones sobre las cualidades, aptitudes o
intenciones personales de su autor. Los fallos encontrados en la elaboración de
los apuntes, serán asumidos como equivocaciones del equipo en su conjunto de
una forma plural, eludiendo las alusiones personales, en las opiniones vertidas
en la revisión.
5.- Cuando
alguien critique negativamente el trabajo elaborado, deberá aportar simultáneamente
otra forma distinta de realizarlo.
6.- Se potenciará la consulta a los diversos tutores de los Centros Asociados a los que pertenezcan los estudiantes del Grupo de Estudio, de las dudas que surjan en la revisión de los temas, así como cualquier otro asunto que se considere de interés para entender y aprobar la asignatura.
7.- En el caso
de que en el grupo de trabajo no se hubieran realizado esquemas de la
asignatura, el coordinador previa consulta al grupo, podrá asignar la tarea de
su realización al grupo de estudio, con los mismos criterios de funcionamiento
de los grupos de trabajo.
8.- Podrán
realizarse igualmente en conjunto, los cuadernillos de evaluación a distancia
en aquellas asignaturas que fuera posible.
9.- Por último
se podrán plantear tertulias o debates sobre temas de actualidad que tengan una
conexión jurídica con la asignatura del grupo de estudio.
10.- A estos
debates se podrán invitar a participar a los tutores de los Centros Asociados
que lo deseen, así como también a profesionales del ámbito jurídico que
puedan ampliar doctrinalmente el tema propuesto.
11.- El grupo
de estudio quedará disuelto al finalizar las pruebas presenciales de febrero,
reanudando su actividad cuando concluya la suya el grupo de trabajo del segundo
cuatrimestre y se convierta automáticamente en un nuevo grupo de estudio, que
no se disolverá en este caso hasta el final de las pruebas presenciales de
septiembre o hasta que sus miembros así lo decidan.
12.- Al
finalizar la pruebas presenciales de febrero, el grupo de estudio se convertirá
automáticamente en grupo de trabajo, conservando el coordinador esta función,
salvo que se produzca el supuesto contemplado en el artículo 29
Art.8: Cuando un estudiante no conteste antes de 48 horas, a los correos emitidos por el coordinador del grupo en los que se le requiere el envío de los apuntes por vencer el plazo dispuesto, sin haber manifestado el estudiante nada al respecto, o para que manifieste su voluntad de seguir o no en el grupo, se procederá del siguiente modo.
1.- El coordinador de la asignatura enviará un correo electrónico al grupo de correo de la asignatura comunicando el cesante, que su silencio conducirá a la baja del mismo.
2.- Si no se obtuviere respuesta en el plazo de dos días, el coordinador de la asignatura, remitirá un mensaje al grupo de correo de asignatura, manifestando que si en cuarenta y ocho horas no hay respuesta se procederá a la baja automática del estudiante que no responde a los correos, ni se comunica por cualquier otro medio con el coordinador de asignatura.
3.- Publicada dicha notificación por correo electrónico, si el coordinador del grupo no tuviere comunicación alguna del estudiante, procederá en el plazo establecido a dar de baja del grupo al participante que ha cesado de comunicarse, trasladando dicha baja, al coordinador de curso, el cual lo comunicará en la Lista General de adelur antes de diez días, archivando en una carpeta todos los mensajes que han llevado a la baja.
4.- Si posteriormente el miembro dado de baja vuelve a comunicarse, expresando su deseo de seguir participando en los trabajos el grupo, y tuviera excusas que a juicio del coordinador de la asignatura previa consulta con los restantes miembros, fueran suficientes, el coordinador de la asignatura comunicará al de curso que sea dado nuevamente de alta en el citado grupo, siempre que el desarrollo normal del grupo, no se vea afectado por ese nuevo ingreso.
ARTICULO
9.
Cualquier
oposición o respuesta evasiva, rechazando las sucesivas asignaciones de trabajo
realizadas por el coordinador de la asignatura, supondrá la autoexclusión del
reparto final de apuntes. En ningún caso las entregas parciales de las tareas
encargadas, supondrán el cumplimiento total del compromiso asumido.
ARTICULO 10.
Las
disposiciones contenidas en los artículos 5 y 9 tienen carácter orientativo, y
subsidiario de las normas que se auto imponga el propio grupo.
En todo caso
deberán respetarse dos principios:
Las normas
de funcionamiento deberán ser asumidas de forma colegiada por el grupo y si
fuera necesario votadas democráticamente por sus miembros.
Se tratará
en todo momento de que los apuntes sean recibidos en primer lugar, por
quienes han colaborado con su esfuerzo en su elaboración, siendo
facultativo de estos últimos componentes, el permitir que otros se
beneficien del producto de su trabajo.
ARTICULO 11
La
obtención de cualquier lucro, resultante de la venta de producciones de los
grupos de estudio, supondrá la expulsión inmediata del miembro que se
beneficie de estas actividades. Igualmente queda prohibida la exigencia de
cualquier prestación económica por pertenecer a los grupos
ARTICULO
12
El no
distribuir los temarios resumidos o revisados de la asignatura, entre los
estudiantes que hayan cumplido con su tarea asignada, por parte del
Coordinador de la Asignatura, supondrá la expulsión definitiva y a perpetuidad
del mismo, de los Grupos de Trabajo y Estudio de ADELUR.
ARTICULO
13
El Coordinador General de los Grupos de Trabajo y Estudio de Adelur, estará exento de la obligación de confeccionar o revisar apuntes de las asignaturas en los grupos que participe, así mismo los Coordinadores de Curso tampoco tendrán la obligación de participar en los repartos de tareas en los Grupos de Trabajo y Estudio en los que participen.
El Coordinador de Asignatura, estará igualmente exento de esta obligación en los grupos que participe, con un límite de seis además del que coordine.
Estarán exentos de la obligación de resumir o revisar temas en los respectivos grupos de trabajo y estudio en que participen, los miembros del Consejo de Coordinación de Adelur, con un límite de seis asignaturas.
Esta exención no tiene carácter imperativo para el titular de este derecho, pudiendo renunciar a él si lo considera oportuno, y siempre por propia iniciativa.
En caso de
renuncia deberá comunicarlo al Coordinador de Asignatura correspondiente,
antes de que éste haya realizado el reparto de apuntes, no pudiendo acogerse
al derecho a exención posteriormente. debiendo cumplir con su compromiso de
trabajo como un miembro más del grupo.
Los Coordinadores de Asignatura podrán confirmar el derecho a esta exención,
cuando haya dudas sobre ella, consultando al Coordinador de Curso, o en caso
necesario al Coordinador General de los Grupos de Trabajo y Estudio de Adelur,
acatando pacíficamente el dictamen de la instancia superior.
ARTICULO 14
1.- Al
funcionar como una agrupación de amigos las producciones que se elaboren,
pertenecerán exclusivamente al miembro que las haya realizado, quedando a su
libre albedrío y responsabilidad, la posibilidad de beneficiar a los demás del
resultado de su trabajo.
2. - Se deja a
la libertad personal de los componentes del grupo, la entrega de las
producciones elaboradas en el mismo, a quien se lo solicite a través del correo
electrónico, o por cualquier otro medio existente, a personas extrañas al
grupo de estudio.
3. - El
apartado anterior está referido a la parte del temario que cada partícipe haya
elaborado por su cuenta, debiendo pedir permiso expreso al resto de los autores
en el caso de que se quieran transmitir la totalidad de apuntes de la asignatura
confeccionados por todos los miembros del grupo.
4. - Estas
transacciones se harán siempre respetando la legalidad vigente en materia de
Propiedad Intelectual, a título personal, y nunca en nombre de los grupos de
trabajo y estudio de ADELUR que no poseen ningún derecho sobre las producciones
de sus miembros.
ARTICULO 15
Al finalizar
la tarea de apuntes cada coordinador de asignatura, remitirá el fichero
comprimido al Coordinador General, al objeto de elaborar una base de datos de la
que se beneficien los futuros estudiantes que ingresen en los grupos.
ARTICULO 16
El Coordinador
General no transmitirá los apuntes recibidos a nadie que se lo solicite, salvo
a los coordinadores de asignatura de los grupos de trabajo para la elaboración
de apuntes, para que estos organicen el trabajo de las asignaturas.
En el caso de
recibir peticiones de este tipo, por personas distintas a las autorizadas en
este Reglamento, se contestará al peticionante con la invitación a participar
en los Grupos de Trabajo para la elaboración de apuntes.
La renuncia de
sus funciones del coordinador general, deberá ser comunicada al comité de
coordinación con dos semanas de antelación. La renuncia del coordinador de
asignatura, será comunicada al coordinador general con una semana de anticipación.
ARTICULO 18
El coordinador
de asignatura, designará en el tiempo más breve que le sea posible, un
coordinador suplente entre los estudiantes que compongan el grupo.
La designación
deberá hacerse pública en el grupo de correo de la asignatura y ser aceptada
expresamente por el estudiante que ocupará la función.
El coordinador
suplente, sustituirá al coordinador titular en sus funciones en los siguientes
casos:
1.- Cuando el
coordinador titular anuncie al grupo, (bien directamente o bien a través del
coordinador suplente) la imposibilidad provisional, de seguir realizando esa
función, en cuyo caso, el suplente asumirá la coordinación interinamente para
recuperarla el titular automáticamente cuando vuelva a manifestar su deseo de
hacerlo.
2.- Cuando el
coordinador titular, deje de contestar los correos injustificadamente por un
periodo no menor de cinco días.
En este
caso el coordinador titular recuperará el ejercicio de sus funciones, si hay
acuerdo entre el coordinador suplente, el grupo y el titular. En caso de
desacuerdo, cualquier miembro del grupo puede pedir la convocatoria de una nueva
elección democrática de coordinador de asignatura, en este último supuesto,
también podrá cualquier miembro del grupo, exigir que la votación sea
secreta, siendo depositario de los escrutinios el Coordinador General de los
Grupos de Trabajo y Estudio de Adelur.
El candidato a
Coordinador General de los Grupos, situado en segundo lugar en el resultado de
las elecciones, asumirá automáticamente la función de Coordinador suplente,
si así lo manifestara expresamente, sustituyendo al Coordinador General en el
caso de que se dieran los supuestos 1 o 2 de éste artículo, referidos a los
Coordinadores de Asignatura.
En el caso del
segundo supuesto, si el periodo de silencio injustificado ha superado los 10 días,
podrá el Coordinador suplente, solicitar al comité de coordinación la
conveniencia de someter a votación, en el mencionado comité la destitución
del Coordinador titular y la asunción del suplente con carácter definitivo de
la Coordinación de los grupos.
Caso de
considerar el Comité de Coordinación pertinente la celebración de esta elección,
esta se realizará de forma pública, remitiendo los votos al grupo de
correo del Comité de Coordinación.
ARTICULO 19
La participación
en los grupos de trabajo para la elaboración de apuntes, supone la aceptación
de este Reglamento, el coordinador general remitirá un correo electrónico a
los estudiantes que soliciten el ingreso en los grupos, pidiendo su conformidad
con la presente normativa, no presentando el solicitante a los coordinadores de
las asignaturas hasta haber obtenido una respuesta afirmativa de acatamiento de
esta norma.
ARTICULO 20
Los conflictos
surgidos en los grupos de trabajo se trataran de solucionar de una forma
colegiada dentro de los mismos.
ARTICULO 21
Si lo anterior
no fuera posible, cualquier miembro de los grupos de trabajo puede solicitar la
intervención del Coordinador General, para solucionar los conflictos surgidos
en la asignatura, si lo considera necesario, siendo su decisión inapelable.
ARTICULO 22
Si el
conflicto se da entre uno o más coordinadores de asignatura sin sumar estos últimos
más de la mitad del Comité de Coordinación y el Coordinador General,
cualquiera de las partes puede invocar la intervención del mencionado Comité
de Coordinación, siendo la decisión tomada por éste, inapelable y definitiva.
ARTICULO 23
Cuando el
conflicto surja entre el Coordinador General y la mitad más uno del Comité de
Coordinación, podrán cualquiera de las partes convocar a la Asamblea General
de Miembros de los Grupos , si se considera necesario para que decida sobre el
tema en debate.
ARTICULO 24
El
funcionamiento de los grupos se regirá por los principios democráticos,
potenciando siempre el debate y la participación de los estudiantes en las
tomas de decisión sobre los asuntos que les afecten.
ARTICULO 25
Todas las
funciones de coordinación de los grupos de trabajo para la elaboración de
apuntes, serán ocupadas por estudiantes elegidos democráticamente.
ARTICULO 26
Sólo podrán
ser electores y elegibles aquellos compañeros/as que hayan pertenecido a los GT
y E en el curso académico anterior a las elecciones.
ARTICULO 27
El estudiante
que se presente a candidato a coordinador general, de curso, o de asignatura, no podrá
haber sido auto excluido de los grupos de trabajo, por incumplimiento de
compromisos de tareas o haber sido dado de baja de los mismos por no contestar a
los correos electrónicos, en el cuatrimestre anterior a su candidatura.
ELECCIONES DE COORDINADORES DE ASIGNATURA
ARTICULO
28
El coordinador
general fijará la fecha de apertura del periodo de elecciones a coordinador de
asignatura, no debiendo superar esta, los quince días desde el último examen
de la prueba presencial de septiembre.
ARTICULO 29
El coordinador
de curso solicitará la auto postulación voluntaria de los candidatos en cada
grupo de trabajo.
Si se
ofrecieran dos o más candidatos para la coordinación de la asignatura, el
Coordinador de curso fijará el período de votación para elegir el Coordinador.
Las votaciones
se realizaran mediante correos privados al Coordinador de Curso, y si este lo
considera necesario, se podrán añadir como destinatarios de los votos a otros
estudiantes del grupo.
En caso de
empate se adjudicará la función al estudiante, con mayor antigüedad en los
grupos de trabajo, y si esto no fuera posible, con mayor número de asignaturas
aprobadas en la carrera.
Si sólo se
ofreciera uno, el mismo quedará constituido en Coordinador sin más trámites.
Si no se auto
postulara ninguno, es tarea del Coordinador de Curso el ir
proponiendo la tarea de coordinación de la asignatura a cada uno de los
miembros del grupo en formación, mediante correos privados, hasta que alguno
acepte la responsabilidad.
El grupo de
trabajo de la asignatura no se considerará constituido hasta que exista la
figura del coordinador, aunque sólo esté compuesto por una persona.
Después
de las pruebas presenciales de Febrero, los coordinadores elegidos o auto
postulados en el anterior cuatrimestre, seguirán ejerciendo esta función salvo
renuncia del mismo, o manifestación en contra de algún miembro del grupo que
se postulara para nuevo coordinador, lo que provocará automáticamente, la
celebración de nuevas elecciones.
Las elecciones a Coordinador General se efectuaran dentro del mes siguiente a la fecha de finalización de las pruebas presenciales de Junio.
ARTICULO 31
La iniciativa de elección a Coordinador General de los Grupos de Trabajo y Estudio partirá del Coordinador General electo en el curso académico que proceda y en las fechas que recogen las normas de Adelur o, en ausencia de noticias de éste durante un periodo de tiempo de 5 días, por el Coordinador General Suplente o por cualquiera de los miembros que hayan participado en el Comité de Coordinación del curso académico anterior a las elecciones "
La Comisión Electoral estará formada por un mínimo de tres miembros y un máximo de siete, que a su vez hayan sido miembros del Comité de Coordinación de los Grupos de Trabajo y Estudio y que no sean candidatos a Coordinador General
Serán
funciones de la misma:
1. - Recibir
las postulaciones de los candidatos y comprobar que cumplen con los requisitos
exigidos en el artículo 27, decidiendo sobre la aceptación o rechazo de las
candidaturas.
2. - Proclamar
a toda la lista de correos de los grupos de trabajo la aceptación de las
candidaturas, cuando fueren aceptadas.
3. - Fijar el
periodo de exposición de programas de acción para el próximo cuatrimestre, de
los candidatos.
4. - Fijar la
fecha de las votaciones
5. - Recibir
los correos conteniendo los votos emitidos por los estudiantes.
6. - Efectuar
el recuento correspondiente
7. - Divulgar
a toda la lista el resultado del recuento, proclamando el nombramiento del nuevo
coordinador general.
8.- Los conflictos surgidos en el proceso electoral sólo podrán ser resueltos por la Comisión Electoral. Sus decisiones serán inapelables.
ARTICULO 32
Será proclamado ganador de la elección el candidato que obtenga la mayoría simple de los votos emitidos, en caso de empate se adjudicará la función al postulante con más antigüedad en los grupos de trabajo, si esto no fuera posible al que tenga más asignaturas aprobadas en la carrera, y si esto tampoco fuera posible al que estuviere matriculado antes en la UNED, y si este supuesto tampoco decidiera la votación, será proclamado el de más edad.
El candidato a Coordinador General, situado en segunda posición por número de votos, se constituirá automáticamente en Coordinador General Suplente. Los que obtengan votos suficientes para ocupar las posiciones, tercera, cuarta y quinta podrán asumir las funciones de Coordinadores de Curso restantes.
En caso de conflicto a la hora de elegir curso para coordinar, se resolverá el mismo, dando preferencia en la elección al candidato que mayor número de votos haya obtenido en la votación.
ARTICULO 33
En caso de que
no se presente ninguna candidatura distinta de la del Coordinador general en
funciones, se cerrará el periodo electoral, confirmando al Coordinador en su
responsabilidad por otro curso más.
Las votaciones
se harán mediante sufragio universal, directo y libre, los componentes de la
comisión electoral, recibirán las votaciones por correo electrónico,
comprobando su legitimidad con el censo de los miembros de los grupos, evitando
duplicidad de votos.
Bajo
ningún motivo revelaran la identidad, de los votantes a terceras
personas. Tampoco revelaran ninguna información referente a la marcha de las
votaciones a nadie que se lo solicite, durante el periodo de escrutinio, así
como cualquier tipo de dato, que rompa el secreto y confidencialidad del
sufragio.
Igualmente se denegará cualquier solicitud de información en un tiempo futuro, comprometiéndose los miembros del comité electoral, a borrar los archivos de las votaciones, una vez transcurrido un mes desde la asunción de la función por el Coordinador General electo.
ARTÍCULO 35