TEMA:
Se planteó anticipar el cierre general de los grupos de trabajo de dos semanas a cuatro semanas antes de las pruebas presenciales, igualmente eliminar el filtro de no pertenencia a la lista de Adelur, para solicitar el alta. La votación duró del 24 al 30 de abril de 2006 y el debate fue moderado provisionalmente por Isidro López.
Terminado el plazo de la votación estos son los resultados obtenidos tras el recuento:
NO: 1
SI: 28
ABSTENCIÓN: 5
Total de votos emitidos: 34
Queda por tanto aprobada la nueva redacción propuesta para el artículo 6 cuyo texto es el siguiente:
ARTICULO 6
1. Los grupos de trabajo para la elaboración de apuntes, se cerraran y disolverán con carácter general, cuatro semanas antes de la fecha fijada para el primer examen de la prueba presencial más próxima en el tiempo, desde la creación del grupo.
2. La fecha así determinada deberá fijarse expresamente por el Coordinador General al inicio del curso lectivo, con indicación del día, del mes y del año, y en el momento de creación de un grupo de trabajo determinado, deberá ser comunicada a cuantos ingresen en el grupo.
3. Los Grupos de Trabajo crecerán como mínimo hasta un número igual a los temas que contenga la asignatura del parcial que se esté estudiando, siempre que lo permita el ritmo de inscripciones y la proximidad o lejanía a la fecha de cierre de los grupos, establecida en este Reglamento.
4. Cuando se alcance el número de miembros establecido en el párrafo anterior, el Coordinador de Asignatura, podrá elegir entre tres
opciones:
a) Cerrar el grupo a nuevas altas, comunicándoselo al Coordinador de Curso.
b) Aceptar nuevas incorporaciones, integrándolas en el grupo inicial asignando trabajos de esquemas o de otro tipo a los nuevos integrantes hasta un número que considere suficiente, cerrando entonces el grupo a nuevas incorporaciones.
c) Iniciar un segundo grupo distinto del inicial, en el que se procederá al reparto de tareas igual que en el primero. Sumando los componentes de este segundo grupo al posterior Grupo de Estudio o bien manteniendo los dos grupos separados según el criterio del Coordinador de Asignatura.
5. Si el Coordinador de Asignatura cerrara el grupo a nuevas altas, el Coordinador de Curso, configurará un segundo Grupo de Trabajo, independiente del inicial, con las incorporaciones que se vayan produciendo.
6. Este segundo Grupo de Trabajo, podrá ser coordinado por el Coordinador suplente del primer grupo inicial, en cuyo caso, éste último podrá continuar como oyente en el primer Grupo, si ese es su deseo, pero sin la obligación de participar en las tareas que asigne el Coordinador del primer grupo.
7. Igualmente podrá ser coordinado si no se da el primer supuesto por cualquiera de los estudiantes que se den de alta en el grupo.
8. El proceso descrito anteriormente se podrá repetir el tiempo cuantas veces sea necesario, hasta el cierre general de los grupos, permitiendo la creación de varios equipos de estudiantes para la misma asignatura.