TEMA: Tercera enmienda al Reglamento de los grupos de trabajo:

Los Grupos de Trabajo, funcionaron tan bien que varios de ellos, se cerraron muy temprano, lo que significaba que muchos estudiantes no podían beneficiarse de la participación en los mismos.

Ante esta situación que podía suponer una injusticia para los nuevos compañeros que se incorporaran a la Asociación, después de haberse cerrado los grupos. Se decidió, darle una nueva redacción, al artículo 9 del Reglamento, de acuerdo con lo propuesto por Manuel Saavedra e Isidro López.

El periodo de votación se abrió del 12 de diciembre al 20 de diciembre y los resultados fueron los siguientes:

SI: 31 VOTOS

NO: 0 VOTOS

ABSTENCIÓN: 1 VOTO

Queda por tanto aprobada la nueva redacción del Artículo 9, que sustituye a la anterior.

Desde este día el Reglamento de los Grupos de Trabajo, para la elaboración de apuntes, queda aprobado por la Asamblea General de los Grupos, obteniendo el refrendo y la legitimidad democrática necesaria, como norma reguladora de las relaciones de sus miembros, los cuales podrán invocar en todo momento, la aplicación del mismo para organizar sus tareas, o bien resolver los posibles conflictos surgidos de la participación en los mismos.

FECHA: 20 de diciembre de 1.998